A finales del mes pasado, un compañero me estaba comentando las dificultades que le estaba poniendo una compañía aseguradora al tratar de ampliar los capitales y coberturas de una póliza. “No me va a quedar más remedio que hablar con el cliente para que me autorice a enviar la carta de anulación preventiva; a ver si, de esa forma, la compañía se da cuenta que puede perder la póliza y atiende nuestra solicitud”.
Esta conversación, cuyo contenido es probable que todos hayamos escuchado alguna vez, tiene unas connotaciones jurídicas y de negocio que hay que tener siempre en cuenta.
Recordemos que al artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro, en su punto 2º dice:
“2. Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador.”
Por tanto, si se ejerce el derecho a la oposición a la prórroga de la que habla este artículo, la póliza quedará sin efecto a su vencimiento; pero ¿y lo de “preventiva”? Este es el “matiz” (por no denominarlo de otra forma) que la ley no contempla; es decir, no puedes oponerte “un poco” o “a tu conveniencia”.
Una vez manifestada, en tiempo y forma, la oposición a la prórroga, el contrato se extinguirá a su vencimiento. Si ambas partes están de acuerdo, podrán volver a suscribir el contrato, pero, otro “matiz”, deben estar de acuerdo las dos partes.
Hay que tener en cuenta que, si se trata de grandes riesgos, las partes deben atenerse a lo pactado, por lo que estos plazos y características pueden no aplicarse.
Por tanto, antes de enviar una carta de anulación, debes tener en cuenta las consecuencias jurídicas; ahora bien, también, antes de hacerlo, es recomendable tener en cuenta una serie de recomendaciones; como son:
1. ¿Tienes alternativa? Si no la tienes, es posible que no la encuentres, por lo que dejarías a tu cliente en una situación complicada.
2. ¿Dispones de una mera solicitud o es una propuesta? Recordemos que, el artículo 6 de la Ley de Contrato de Seguro dice: “La solicitud de seguro no vinculará al solicitante. La proposición de seguro por el asegurador vinculará al proponente durante un plazo de quince días”
2.1 Si es una solicitud: ¿Estás seguro de que, si das orden de emisión, la compañía emitirá la póliza?
2.2 Si es una propuesta: ¿Estás dentro del plazo de los 15 días para dar la orden de emisión?
3.Independientemente de lo indicado en el apartado 2º, ¿Tienes la seguridad de que se va a emitir la póliza en los términos y condiciones solicitados? No sería la primera vez que no nos llega la póliza y, posteriormente, se indica que, por algún problema, ya sea informático, de reaseguro o por compliance/política de grupo (recordemos que alguna de estas 3 “excusas” se utilizan recurrentemente para desdecirse de lo dicho) la póliza no llega a emitirse nunca.
4. Si conseguimos que la póliza se emita, ¿contiene las coberturas, capitales y cláusulas que habíamos pactado con el suscriptor? ¿Quién no ha sufrido un “eso no te lo puedo dar” o “no llego a ese capital y tiene que ser este otro” o “por política de grupo te tengo que poner esta franquicia”.
5. La prima y la comisión ¿son correctas? Al igual que en los casos citados anteriormente, nos puede ocurrir que “es un riesgo agravado y esta cobertura no puede ir a la tasa que te dije” o bien “es una operación singular y, por tanto, no es la comisión del cuadro, sino esta otra”.
Afortunadamente, contingencias como las expresadas no suelen ocurrir todos los días, pero, en un mercado duro como en el que nos encontramos ahora, no podemos ni debemos dar pasos en falso.
Mi recomendación: yo, antes de oponerme a la prórroga del contrato, tendría la nueva póliza emitida, revisada y con el recibo en mi poder. Lógicamente, este tipo de actuación para riesgos masa es posible que no tenga sentido, pero para el resto (pyme, comercio, comunidad, responsabilidad civil…) tendría clara mi forma de actuar.
Y a ti, ¿te ha ocurrido algo de esto?